Portugal prorroga el estado de alarma durante dos semanas más y aplica restricciones a la movilidad entre Portugal y España. Las medidas entrarán en vigor el próximo domingo día 31, a las 00:00 h.

El Parlamento portugués aprobó ayer la prórroga de la declaración del estado de alarma en todo el territorio nacional. La decisión ha sido tomada debido a la grave situación de emergencia provocada por la expansión del virus SARS-COV-2. El estado de alarma estará vigente durante 15 días adicionales, hasta las 23:59 h del día 14 de febrero, pudiendo ser prorrogado más allá de esa fecha.

A partir de las 00:00 h del domingo 31 de enero, los controles fronterizos de personas y bienes van a ser reestablecidos, en colaboración con los socios europeos y en cumplimiento de la legislación de la Unión Europea.

En este contexto, el Gobierno portugués ha decretado la prohibición de desplazamientos de ciudadanos nacionales fuera del territorio nacional efectuados por cualquier vía, aunque se prevén algunas excepciones para desplazamientos estrictamente necesarios.

Respecto al control de las entradas en el territorio nacional, el Gobierno ha determinado lo siguiente:

  • Se suspende el transporte fluvial entre Portugal y España;
  • Se suspende la circulación ferroviaria entre Portugal y España, excepto a efectos de transporte de mercancías;
  • Se prohíbe la circulación por carretera en las fronteras terrestres, independientemente del tipo de vehículo, con las siguientes excepciones:
  • El transporte internacional de mercancías, el transporte de trabajadores transfronterizos y temporeros con justificación laboral y la circulación de vehículos de emergencia y socorro y de servicios de urgencia;
  • Desplazamientos para el desempeño de actividades profesionales o similares, debidamente documentadas en el ámbito de actividades de carácter internacional;
  • Desplazamientos de carácter excepcional para la reunión familiar de cónyuges o parientes de hasta primer grado;
  • Desplazamientos para el transporte de carga y correo;
  • Desplazamientos con finalidad humanitaria o de emergencia médica, así como para acceder a instalaciones sanitarias en virtud de los acuerdos bilaterales de asistencia sanitaria;
  • Escalas técnicas para fines no comerciales;
  • En los casos excepcionales en que está permitida la circulación por carretera entre Portugal y España se puede hacer por los siguientes puntos de paso autorizados en la frontera terrestre:

 

  • Todos los días de la semana, de manera ininterrumpida:
  • Valença-Viana do Castelo (salida del Puente Tuy-Valença-conexión IP 1-A 3, en Valença);
  • Vila Verde da Raia-Chaves (salida de la A 52, conexión con la A 24, km 0, junto a la rotonda);
  • Quintanilha-Bragança (salida del Puente Internacional IP 4/E 82, nudo de salida para Quintanilha o junto a las instalaciones de CCPA en la N 218-1 Quintanilha);
  • Vilar Formoso-Guarda (junto a la línea de frontera, Largo da Fronteira, junto al CCPA, N 16/E 80, conexión 620 Fuentes de Oñoro, España, incluyendo el acceso por el Parque TIR, vía camiones, N 16, Vilar Formoso);
  • Marvão-Portalegre (línea de frontera, Marvão, N 521 conexión de Valência de Alcântara a la IC 13 Marvão);
  • Caia-Elvas (salida de la A 6, km 158, conexión Caia-Elvas, junto al Puesto de Turismo, Elvas);
  • Vila Verde de Ficalho-Beja (junto a la línea de frontera, conexión A 495 Rosal de la Frontera a la IP 8, Serpa);
  • Castro Marim-Praça da Fronteira (km 131 da A 22, Puente Internacional del Guadiana-Castro Marim).
  • En los días habiles de 07h00 a 09h00 y de 18h00 a 20h00:
  • Monção (Avenida da Galiza, km 15,300, EN 101);
  • Miranda do Douro (km 86,990, EN 218);
  • Termas de Monfortinho-Castelo Branco (nudo de la N 239 con la N 240 en Termas de Monfortinho);
  • Mourão (Punto de Frontera de S. Leonardo, km 7, EN 256-1);
  • Barrancos (EN 258, km 105,5, que realiza la conexión a la HU-9101).
  • Únicamente los miércoles y los sábados, de 10h00 a 12h00
  • Rio de Onor (Punto de Frontera de la Rua da Costa, camino rural).

 

  • En las entradas por vía terrestre no se exige la presentación de justificante de realización de la prueba de laboratorio para la detección del SARS-CoV-2 (RT-PCR) con resultado negativo, ni la realización de cuarentena a la llegada a territorio nacional.
  • Las disposiciones anteriores no afectan al derecho de entrada de los ciudadanos nacionales y de los titulares de autorización y residencia en Portugal, ni al derecho de salida de los ciudadanos residentes en otro país.

Seguiremos publicando información al respecto – ¡manténgase atento! Para cualquier duda o aclaración, puede dirigirse a las oficinas consulares en España a través de los siguientes contactos:

  • Sección Consular de la Embajada en Madrid:

+34 660 388 072 / sconsular.madrid@mne.pt

  • Consulado General en Sevilla:

+34 689 833 536 / sevilha@mne.pt

  • Consulado General en Barcelona:

+34 609301101 / consulado.barcelona@mne.pt

  • Vice-Consulado en Vigo:

+34 604 003 037 / vigo@mne.pt

  • Consulado Honorário em Andorra:

+376 333 861 / andorra@mne.pt

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